La Comisión de Comercio de Futuros de Materias Primas de EE. UU. (CFTC) acaba de abrir una «puerta trasera» normativa para los desarrolladores de software, lo que permite a algunos comercializar derivados, cobrar comisiones por operaciones y evitar registrarse como corredores. La División de Participantes en el Mercado de la agencia concedió el 17 de septiembre una exención condicional de actuación a los proveedores de «software pasivo», ampliando un marco que se había concedido inicialmente a Phantom Technologies en marzo y abriéndolo a un grupo mucho más amplio.
La CFTC ofrece a los desarrolladores de carteras de criptomonedas una nueva vía de escape normativa

Puntos clave
- La Carta del Personal de la CFTC n.º 26-25 concede a los proveedores de software pasivo una exención más amplia a partir del 17 de septiembre.
- El marco de Phantom del 17 de marzo abarca ahora a más desarrolladores que conectan a los usuarios con mercados regulados.
- La exención de la CFTC se mantendrá hasta que normas u orientaciones formales sustituyan a la posición provisional del personal.
Sin embargo, hay una salvedad. El software debe ceñirse a su ámbito de actuación. Puede conectar a los usuarios con mercados registrados y transmitir sus órdenes, pero no puede retener fondos de los clientes, decidir el destino de las operaciones ni indicar a las personas qué comprar o vender. Esta medida llega justo después de que la Comisión de Valores y Bolsa de EE. UU. (SEC) diera luz verde a la negociación de acciones tokenizadas a través de creadores de mercado automatizados en cadena y fondos de liquidez.
La línea regulatoria que acaba de trazar la CFTC es sorprendentemente clara. El software puede ayudar a alguien a encontrar una operación con derivados, mostrarla, enviar la orden e incluso cobrar una comisión, todo ello sin que su desarrollador se convierta necesariamente en un corredor de bolsa.
La prueba del «conducto pasivo» de la CFTC
En términos sencillos, la CFTC está trazando una línea divisoria entre construir la carretera y conducir el coche. Una cartera, una extensión de navegador o un sitio web pueden mostrar datos de mercado y contratos, permitir a los usuarios enviar órdenes directamente a comerciantes de futuros registrados, corredores de introducción o mercados de contratos designados, e incluso cobrar comisiones por transacción. También pueden comercializar esos productos. Según la postura del personal, ninguna de esas actividades por sí sola obliga necesariamente al desarrollador a registrarse como corredor de introducción.
Esa es una distinción significativa para las carteras de criptomonedas en la actualidad. Básicamente, una cartera de custodia propia podría, en teoría, ofrecer contratos de eventos regulados u otros derivados regulados por la CFTC junto con las criptomonedas que posea el usuario y cobrar una comisión cuando los clientes operen con ellos. El usuario sigue tratando directamente con el participante del mercado registrado, mientras que la cartera actúa como interfaz.
El acuerdo de Phantom llega a un público mucho más amplio
El modelo no es nuevo. Phantom Technologies obtuvo una exención sustancialmente similar el 17 de marzo a través de la Carta del personal de la CFTC n.º 26-09. Dicha carta abarcaba el software de carteras de autocustodia de Phantom y sus conexiones con los mercados de derivados registrados.
Seis meses después, la Carta del Personal n.º 26-25 amplía ese concepto más allá de una sola empresa y pone la postura del personal a disposición de otros proveedores de software pasivo que se encuentren en una situación similar. En otras palabras, los desarrolladores ya no tienen que fijarse en la carta de Phantom y preguntarse si la misma lógica podría aplicarse a ellos.
Sigue habiendo una barrera regulatoria
Hay muchas condiciones asociadas. Los desarrolladores no pueden custodiar los activos que respaldan una posición en derivados, generar señales de negociación explícitas, ejercer discrecionalidad sobre el enrutamiento o la ejecución, ni dirigir a los clientes hacia plataformas no registradas. Los usuarios también deben registrarse directamente con participantes en el mercado registrados, mientras que los proveedores afectados deben cumplir requisitos de divulgación, mantenimiento de registros y comercialización.
Además, esto no legaliza de repente las plataformas de cripto-perpetuos extraterritoriales ni da vía libre a todos los protocolos de derivados de las finanzas descentralizadas (DeFi). La exención está vinculada específicamente al software que conecta a los usuarios con plataformas e intermediarios registrados en la CFTC.
La vía de escape es temporal
Hay un matiz más. No se trata de una nueva norma de la CFTC, y el Congreso no ha modificado la Ley de Intercambio de Materias Primas. Se trata de una posición de «no intervención» adoptada por el personal, lo que significa que la división afirma que no recomendará la aplicación de la ley cuando los desarrolladores se mantengan dentro de los límites especificados.
La exención se mantendrá hasta que la Comisión adopte una normativa o unas directrices formales que aborden cómo se aplica el registro de corredores de introducción a los proveedores de software. La exención anterior de Phantom tenía el mismo plazo de vigencia.
Así pues, los desarrolladores disponen hoy de un margen de maniobra más amplio, pero no es definitivo. El regulador de las materias primas y los mercados bursátiles ha indicado efectivamente a los creadores de software hasta dónde pueden llegar sin una licencia de corredor, dejando que sea la Comisión la que decida cuál será el rumbo definitivo.
Este artículo fue traducido del inglés mediante IA. La versión original en inglés es la fuente autorizada; las traducciones automáticas pueden contener imprecisiones, especialmente en la terminología legal y regulatoria.











