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Esta semana en el ámbito jurídico de las criptomonedas (4 de octubre de 2026)

«Law and Ledger» es una sección de noticias dedicada a la actualidad jurídica del sector de las criptomonedas, presentada por Kelman Law, un bufete de abogados especializado en el comercio de activos digitales.

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Esta semana en el ámbito jurídico de las criptomonedas (4 de octubre de 2026)
El artículo de opinión que figura a continuación ha sido escrito por Michael Handelsman para Kelman.Law.

Esta semana ha traído consigo un recurso judicial contra la vía de autorización federal utilizada por las empresas del sector de las criptomonedas, nuevas sanciones de EE. UU. dirigidas contra una red que utiliza activos digitales y un renovado escrutinio del Congreso sobre Tether. En Europa, los reguladores han propuesto ampliar el alcance de la MiCA, mientras que el Reino Unido ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes de autorización de criptomonedas.

Para las empresas, la tarea inmediata es distinguir entre los acontecimientos que requieren una actuación inmediata y aquellos que podrían redefinir las obligaciones futuras. Una designación en la lista de sanciones, una propuesta de modificación normativa y una demanda recién presentada acarrean consecuencias muy diferentes.

1. Los bancos comunitarios impugnan el marco de la OCC para los bancos fiduciarios de criptomonedas

El 2 de octubre, la Asociación de Banqueros Comunitarios Independientes de Estados Unidos (ICBA) presentó una demanda contra la Oficina del Contralor de la Moneda (OCC) ante un tribunal federal de Washington, D.C. Su demanda impugna la norma de la OCC sobre la constitución de bancos nacionales de marzo de 2026, la Carta Interpretativa 1176 y la aprobación de la carta constitutiva de Protego. La ICBA sostiene que la agencia se extralimitó en su autoridad legal al permitir la creación de bancos fiduciarios nacionales que ni aceptan depósitos ni operan dentro de las limitaciones fiduciarias que, según la ICBA, exige la ley federal.

La ICBA pretende que se anulen dichas medidas y que se impida la concesión de nuevas autorizaciones de constitución en virtud de la norma y la interpretación impugnadas. Estas son las alegaciones del demandante y las medidas correctivas solicitadas; la presentación de la demanda no invalida por sí misma el marco normativo.

Para los custodios de criptoactivos y otras empresas que estén considerando solicitar una autorización de banco fiduciario nacional, la preocupación práctica es la incertidumbre en la planificación. La financiación dependiente de la autorización, los lanzamientos de productos y los acuerdos comerciales deben tener en cuenta la posibilidad de que un litigio afecte a la vía regulatoria propuesta. Las empresas también deben distinguir entre una aprobación condicional y el permiso para iniciar actividades concretas a la hora de describir su situación a los clientes y contrapartes.

2. El Tesoro toma medidas contra la red A7, incluida su infraestructura de activos digitales

El 1 de octubre, el Tesoro anunció una acción coordinada contra la red A7, a la que describe como una red de evasión de sanciones vinculada a Rusia y utilizada por Irán. La OFAC designó a la red como una importante organización criminal transnacional. Por otra parte, la FinCEN propuso restricciones a las transferencias de fondos en las que participen sus subagentes y emitió una alerta a las entidades financieras. El Tesoro identifica el token A7A5, respaldado por el rublo, como parte de la infraestructura de la red. La distinción entre estas medidas es importante. La designación de la OFAC conlleva consecuencias de bloqueo en virtud de las normas de sanciones aplicables. La prohibición de transferencias propuesta por la FinCEN sigue siendo una propuesta; no debe describirse como una norma definitiva ya en vigor.

El Tesoro afirma que la red utiliza empresas intermediarias y documentación comercial engañosa para encubrir los pagos. La alerta de la FinCEN que la acompaña proporciona a los equipos de cumplimiento normativo una fuente para revisar las actividades sospechosas relacionadas con la red.

Para las plataformas de intercambio, las empresas de pagos y las mesas de negociación extrabursátiles, nuestra recomendación práctica es analizar la exposición más allá de los meros nombres de los tokens. La titularidad de la contraparte, los intermediarios, los fines de las transacciones y los documentos comerciales justificativos pueden resultar fundamentales. Una empresa debe evaluar si sus procedimientos de escalado permiten relacionar actividades sospechosas tanto en transacciones de cadena de bloques como en canales de pago convencionales.

3. Los investigadores del Senado someten a un nuevo escrutinio los controles de sanciones de Tether

El 28 de septiembre, el senador Richard Blumenthal publicó un informe elaborado por investigadores demócratas de la Subcomisión Permanente de Investigaciones del Senado. Los investigadores examinaron 846 carteras asociadas a Irán y a sus representantes regionales que habían sido sancionadas o eran objeto de incautación. El informe criticaba los controles de Tether, y Blumenthal instó al Tesoro y al Departamento de Justicia a investigar posibles infracciones. Se trata de conclusiones y acusaciones de la investigación del Congreso, y no de una resolución judicial sobre la responsabilidad.

En su propia declaración del 28 de septiembre, Tether hizo hincapié en su cooperación con las autoridades y afirmó que las medidas relacionadas con el USDT habían dado lugar a la congelación de aproximadamente 550 millones de dólares en activos vinculados a Irán durante 2026. Esa cifra es el balance que ofrece Tether de su cooperación en la aplicación de la ley.

Para las empresas que utilizan monedas estables, la lección operativa va más allá del programa de cumplimiento del emisor. Las empresas deben comprender su propia exposición frente a las contrapartes, las restricciones de los monederos y las interrupciones en el acceso a los fondos. Los acuerdos con los clientes y los procedimientos internos deben explicar cómo se escala un posible problema relacionado con sanciones, qué registros se conservan y quién puede autorizar una respuesta. Confiar en la capacidad del emisor para congelar tokens no debe sustituir a la propia evaluación de cumplimiento de la empresa.

4. La ESMA propone normas MiCA más amplias para el acceso a las DeFi y una aplicación más estricta

El 30 de septiembre, la ESMA publicó sus recomendaciones para la revisión de la MiCA por parte de la Comisión Europea. El paquete propone mayores competencias de supervisión, normas de comercialización más estrictas, un tratamiento más claro de las stablecoins no conformes y requisitos específicos para el staking, los préstamos y los empréstitos. Se trata de recomendaciones para modificar el marco normativo, no de obligaciones de nueva creación.

Una parte especialmente relevante de la respuesta subyacente se refiere a las empresas que facilitan a los clientes el acceso a protocolos de DeFi. La ESMA propone un servicio regulado que abarque determinadas actividades de intermediación, incluidas las interfaces técnicas y el enrutamiento de transacciones. Asimismo, reconoce que el desarrollo de código abierto, la autocustodia, los contratos inteligentes automatizados y la infraestructura sin permisos no deben constituir automáticamente una intermediación regulada.

Para los fundadores, la cuestión clave a la hora de planificar es la función que desempeña realmente su empresa. Una plataforma que selecciona protocolos, canaliza la actividad de los clientes o gestiona conflictos plantea cuestiones diferentes a las del software publicado sin esas funciones. Nuestra interpretación es que la ESMA desea que las obligaciones se adapten al papel y al control del intermediario. Las empresas que desarrollan productos europeos deberían documentar ahora esas distinciones, junto con las políticas de selección de protocolos, la información facilitada a los clientes y las relaciones comerciales que subyacen a sus interfaces.

5. El Reino Unido abre el plazo de solicitud de autorizaciones para criptomonedas

El 30 de septiembre, la Autoridad de Conducta Financiera (FCA) comenzó a aceptar solicitudes en el marco del nuevo régimen regulador de criptoactivos del Reino Unido. El plazo de solicitud se extiende hasta el 28 de febrero de 2027, antes de la entrada en vigor prevista del régimen el 25 de octubre de 2027. La novedad de esta semana es la apertura de ese plazo de solicitud, de acuerdo con las normas y directrices publicadas a principios de este año. La FCA deja claro que la autorización no es automática. Sus directrices de preparación se dirigen tanto a las empresas ya autorizadas en virtud de la Ley de Servicios y Mercados Financieros como a las empresas registradas conforme a la normativa contra el blanqueo de capitales. En función de sus actividades, las empresas necesitarán una nueva autorización o una modificación de los permisos existentes. Para las empresas que prestan servicios a clientes del Reino Unido, la tarea inmediata consiste en comparar sus productos con las nuevas actividades reguladas e identificar deficiencias en materia de gobernanza, protección, recursos financieros y cumplimiento normativo. La FCA espera que las solicitudes se presenten con la debida antelación para facilitar una transición ordenada, pero en cualquier caso la solicitud deberá demostrar que la empresa cumple con sus normas. Un plan de preparación aprobado por el consejo de administración, con responsabilidades claras y plazos de ejecución realistas, puede ayudar a evitar que los trámites de obtención de la licencia se conviertan en una amenaza de última hora para la continuidad del negocio.

Las empresas que estén evaluando cómo afectan estos cambios a su estrategia regulatoria, sus acuerdos comerciales o sus litigios pueden ponerse en contacto con Kelman PLLC para analizar su situación. Publicidad de abogados. Este artículo ofrece información general, no asesoramiento jurídico. Ponerse en contacto con el bufete no establece una relación abogado-cliente.

Este artículo fue traducido del inglés mediante IA. La versión original en inglés es la fuente autorizada; las traducciones automáticas pueden contener imprecisiones, especialmente en la terminología legal y regulatoria.