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La ESMA insta a las empresas de criptomonedas no autorizadas a cesar sus actividades, ya que el plazo de la MiCA vence dentro de tres días

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha ordenado a los proveedores de servicios de criptoactivos no autorizados que dejen de aceptar nuevos clientes de la UE y comiencen a retirarse del mercado antes de que expire el marco transitorio de la MiCA.

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La ESMA insta a las empresas de criptomonedas no autorizadas a cesar sus actividades, ya que el plazo de la MiCA vence dentro de tres días

Puntos clave

  • Los reguladores europeos exigen a las empresas de criptoactivos no autorizadas que dejen de captar nuevos clientes y preparen una salida ordenada del mercado.
  • Los clientes deben comprobar que los proveedores figuran en el Registro de la ESMA o transferir sus activos a alternativas autorizadas.
  • La aplicación coordinada de la normativa con las autoridades nacionales podría intensificarse una vez concluido el período de transición de la MiCA.

El regulador de la UE ordena a las empresas de criptoactivos no autorizadas que dejen de aceptar nuevos clientes ante la inminente fecha límite del MiCA

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha ordenado a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASPs) no autorizados que comiencen a reducir gradualmente sus operaciones en la UE antes de que finalice el período de transición del Reglamento sobre los mercados de criptoactivos (MiCA) el 1 de julio de 2026. El regulador publicó las directrices el 23 de junio, ya que algunos proveedores siguen sin contar con la autorización de la MiCA a pesar de continuar prestando servicios a clientes de la UE en el marco de los regímenes nacionales.

Las empresas que no consigan obtener la autorización deben tomar medidas inmediatas para salir del mercado de forma ordenada, protegiendo al mismo tiempo los activos de los clientes y reduciendo los riesgos para la integridad del mercado, según el regulador. Aunque se espera que muchos CASP reciban la autorización antes de la fecha límite, es posible que otros sigan operando sin las autorizaciones exigidas por el MiCA. La autoridad declaró:

«La ESMA espera que los CASP no autorizados adopten medidas inmediatas para liquidar sus actividades en la UE de forma ordenada, al tiempo que protegen los intereses de los clientes y mitigan los riesgos para la integridad del mercado».

La ESMA coordina la aplicación del marco MiCA en toda la Unión Europea. Elabora normas técnicas, publica orientaciones y promueve la convergencia en materia de supervisión, mientras que los reguladores nacionales autorizan y supervisan a los proveedores de servicios de criptoactivos.

Los proveedores no autorizados deben dejar inmediatamente de dar de alta a nuevos clientes de la UE, de abrir nuevas cuentas, de comercializar sus servicios y de captar clientes. Deben limitar los servicios restantes a las actividades necesarias para que los clientes vendan o transfieran criptoactivos, reasignen sus carteras o cierren posiciones antes de poner fin a sus operaciones.

Los servicios de custodia solo podrán continuar durante el período estrictamente necesario para completar una salida ordenada. El regulador también ha ordenado a los proveedores que se comuniquen de forma clara, rápida y repetida con los clientes minoristas e institucionales sobre los planes de liquidación, las medidas de protección de activos, las opciones de transferencia y los plazos para el cierre automático de cualquier posición restante.

La ESMA insta a los usuarios de criptomonedas a verificar si su proveedor está autorizado por la MiCA

Los planes de liquidación deben cumplir con las normas de conducta de la UE y nacionales, así como con los requisitos en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Los CASP deben mantener, a lo largo de todo el proceso, la diligencia debida con respecto a los clientes, la supervisión de las transacciones, la verificación de sanciones, la notificación de actividades sospechosas, las obligaciones de conservación de registros y los controles de trazabilidad de las transferencias de criptoactivos.

Cuando las cuentas de los clientes se transfieran a un CASP autorizado por la MiCA, el proveedor receptor deberá completar sus propios procedimientos de incorporación, incluida la diligencia debida respecto al cliente y otros controles contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo exigidos por el marco jurídico aplicable. También se recordó a las empresas establecidas fuera de la Unión Europea que no pueden prestar servicios MiCA ni captar clientes de la UE, salvo en el marco de la exención limitada de «captación inversa» prevista en el reglamento. La autoridad advirtió:

«La ESMA recuerda a los clientes de los CASP no autorizados, ya sean entidades de la UE o de fuera de la UE, que no se benefician de las garantías de la MiCA, incluidas las protecciones para los activos de los clientes».

Se animó a los usuarios de criptoactivos a verificar si su proveedor figura en el Registro de la ESMA. Si un proveedor no está autorizado en virtud de la MiCA, los clientes deben actuar con prontitud transfiriendo sus criptoactivos a un CASP autorizado, cuando sea posible, o a un monedero autohospedado. Los usuarios que experimenten dificultades deben ponerse en contacto en primer lugar con su proveedor.

Se está llevando a cabo una coordinación con las autoridades nacionales competentes para supervisar los CASP transfronterizos no autorizados de mayor importancia a medida que finaliza el período de transición. En colaboración con la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad contra el Blanqueo de Capitales (AMLA), los reguladores podrían adoptar medidas coercitivas coordinadas contra los proveedores no autorizados que sigan operando después del 1 de julio de 2026.

Este artículo fue traducido del inglés mediante IA. La versión original en inglés es la fuente autorizada; las traducciones automáticas pueden contener imprecisiones, especialmente en la terminología legal y regulatoria.

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