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La ESMA advierte de que las plataformas de mercados de predicción podrían verse sometidas a una estricta normativa financiera de la UE

El 3 de julio, la ESMA emitió un comunicado en el que advertía de que algunos contratos sobre eventos, similares a las opciones binarias, podrían estar sujetos a la normativa vigente en materia de derivados. El regulador subrayó que las empresas que ofrecen estos instrumentos deben evaluar si dichos contratos entran dentro de esta clasificación para cumplir con los requisitos normativos.

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La ESMA advierte de que las plataformas de mercados de predicción podrían verse sometidas a una estricta normativa financiera de la UE

Puntos clave

  • La ESMA advirtió de que los contratos de predicción podrían funcionar como opciones binarias, lo que obligaría a las plataformas a solicitar la autorización conforme a la MiFID II.
  • Los reguladores declararon que las denominaciones de los contratos de eventos carecen de relevancia, sometiéndolos a las normas nacionales de protección del mercado.
  • Los expertos en legislación europea instaron a las empresas a analizar los productos caso por caso para garantizar el cumplimiento normativo.

Europa pone el punto de mira en los mercados de eventos similares a las opciones binarias

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), el principal regulador de los mercados financieros de Europa, ha emitido un comunicado en el que advierte sobre la aplicación de los marcos normativos vigentes a algunos contratos ofrecidos en los mercados de predicción.

El 3 de julio, la ESMA subrayó que algunos contratos ofrecidos en plataformas de mercados de predicción, como Polymarket y Kalshi, podrían estar sujetos a la supervisión de la MiFID II (Directiva sobre mercados de instrumentos financieros II), ya que podrían asemejarse a las opciones binarias.

Infographic on ESMA's statement about event markets

El regulador afirmó que «solo los contratos de eventos cuya pregunta esté relacionada con un subyacente mencionado en la sección C, apartados 4 a 10, del anexo I de la MiFID II se clasifican como instrumentos financieros», lo que incluye opciones, futuros, swaps y contratos de derivados relacionados con diferentes materias.

La AEVM declaró que los contratos de eventos que cumplen los requisitos para ser considerados instrumentos financieros «son derivados y entran en el ámbito de aplicación de las medidas temporales de intervención sobre las opciones binarias», y están sujetos a las medidas de protección del mercado establecidas por las autoridades nacionales competentes (ANC) en cada una de sus jurisdicciones.

La denominación o las calificaciones que se den a estos derivados como «contratos de evento» son «irrelevantes», afirmó la AEVM, y las empresas que los ofrecen deben llevar a cabo una evaluación exhaustiva de estas ofertas y cumplir con los requisitos reglamentarios vigentes, incluida la obtención de la autorización para su distribución, incluso si esta se limita a clientes no minoristas.

«En algunos casos, un inversor puede recibir un “cupón” o una “recompensa” que represente los intereses devengados sobre los fondos aportados. La existencia de dicho “cupón” o “recompensa” no altera la naturaleza binaria del propio contrato de evento», concluyó la ESMA.

Cris Carrascosa, directora general de ATH21, un bufete de abogados europeo, destacó que la declaración no frenaba la innovación, sino que más bien recordaba a las empresas el alcance de la normativa vigente. «El verdadero reto para las empresas radica en el análisis previo —caso por caso, teniendo en cuenta las características reales del producto en lugar de su etiqueta—», valoró.

Este artículo fue traducido del inglés mediante IA. La versión original en inglés es la fuente autorizada; las traducciones automáticas pueden contener imprecisiones, especialmente en la terminología legal y regulatoria.

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