La Comisión Europea envía avisos formales a 13 estados miembros de la UE por retrasos o transposición incompatible de las normas de transparencia fiscal de criptomonedas y de MiCA de la UE.
La UE Abre Procedimientos de Infracción por las Normas Fiscales sobre Criptomonedas y las Infracciones de MiCA

La Comisión Europea ha emitido cartas de notificación formal a 12 estados miembros de la Unión Europea—Bélgica, Bulgaria, Chequia, Estonia, Grecia, España, Chipre, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia y Portugal—por no haber transpuesto completamente la Directiva, que modifica la Directiva sobre la cooperación administrativa para permitir la transparencia fiscal y el intercambio de información sobre criptoactivos y cuentas financieras; esos estados tienen dos meses para responder y completar la transposición.
Por separado, la Comisión ha abierto un procedimiento de infracción contra Hungría por promulgación de una ley que crea un régimen de autorización para “servicios de validación de intercambio” con responsabilidad penal que entra en conflicto con el Reglamento sobre mercados de criptoactivos (MiCA); Hungría tiene dos meses para abordar las preocupaciones de la Comisión o enfrentar una posible opinión motivada, y cualquier acción adicional seguiría los procedimientos de infracción de la UE.
🧭 Preguntas frecuentes
• ¿Qué estados miembros de la UE recibieron cartas sobre la transposición de la norma fiscal de criptomonedas? Bélgica, Bulgaria, Chequia, Estonia, Grecia, España, Chipre, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia y Portugal.
• ¿Qué ley de la UE deben implementar esos estados miembros? Deben transponer la Directiva (UE) 2023/2226 que modifica la Directiva 2011/16/UE sobre intercambio de información fiscal para criptoactivos.
• ¿Por qué se envió un aviso formal a Hungría bajo MiCA? La Ley LXVII de 2025 de Hungría introdujo un régimen de autorización y penal para servicios de validación de intercambio que entra en conflicto con MiCA.
• ¿Qué plazo tienen los países para responder a la Comisión? Cada Estado Miembro tiene dos meses para responder y corregir problemas de transposición o cumplimiento según los procedimientos de la UE.














