Los bancos de EE. UU. reciben luz verde para expandir servicios criptográficos con nueva guía de la OCC que impulsa la claridad regulatoria y la innovación en activos digitales.
Los Bancos Acaban de Obtener Luz Verde: OCC Autoriza Rol en el Comercio de Criptomonedas

Nueva Guía de la OCC Expande el Papel Cripto para los Bancos
La Oficina del Contralor de la Moneda (OCC) anunció el 7 de mayo la publicación de la Carta Interpretativa 1184, ofreciendo nueva orientación que reafirma la autoridad de los bancos nacionales y asociaciones de ahorro federales para participar en servicios relacionados con criptomonedas. Esta aclaración confirma que los bancos con carta federal pueden tanto proporcionar como externalizar servicios de custodia y ejecución de criptomonedas, alineándose con las Cartas Interpretativas 1170 y 1183 emitidas anteriormente. La OCC declaró:
Los bancos nacionales y las asociaciones de ahorro federales pueden comprar y vender activos mantenidos en custodia bajo la dirección del cliente y se les permite externalizar a terceros actividades de criptoactivos permisibles para el banco, incluyendo servicios de custodia y ejecución, sujetos a prácticas apropiadas de gestión de riesgos de terceros.
La nueva carta destaca que la custodia de criptoactivos se considera una versión moderna de los servicios tradicionales de custodia bancaria. La OCC reconoció previamente que los bancos podrían actuar en roles fiduciarios o no fiduciarios al ofrecer soluciones de custodia para activos digitales.
En la Carta 1184, la OCC también reafirmó que estas instituciones pueden facilitar servicios como transacciones de intercambio entre fiat y criptomonedas, ejecución de operaciones, liquidación de transacciones, valoración, servicios fiscales y de reporte, siempre que estas funciones se realicen bajo la dirección del cliente y dentro de los límites de la ley aplicable. A los bancos también se les permite usar subcustodios para estas actividades. La OCC subrayó que se debe implementar una debida diligencia adecuada y supervisión de riesgos cuando se externalizan tales responsabilidades.
Además, la OCC recordó a las instituciones que todas las acciones de custodia relacionadas con criptomonedas deben adherirse a los estándares regulatorios federales. Para los bancos que operan en una capacidad fiduciaria, el cumplimiento con el 12 C.F.R. parte 9 (para bancos nacionales) o parte 150 (para asociaciones de ahorro federales) es obligatorio. Reforzando la importancia de las operaciones prudentes, la OCC enfatizó:
Como con cualquier actividad, un banco debe llevar a cabo actividades de custodia de criptoactivos, incluso a través de un subcustodio, de manera segura y sólida y en cumplimiento con la ley aplicable.
Este anuncio siguió a uno en marzo cuando la OCC emitió la Carta Interpretativa 1183, revocando la Carta 1179 y reafirmando la orientación anterior que permite a los bancos nacionales y asociaciones de ahorro federales llevar a cabo actividades de criptoactivos. Estas incluyen la custodia de criptomonedas (Carta 1170), mantener reservas para stablecoins (Carta 1172) y usar blockchain para pagos y verificación (Carta 1174). La OCC declaró que el proceso de no objeción supervisora de 1179 ya no es necesario debido a una mejor comprensión regulatoria. La medida busca reducir obstáculos de cumplimiento, apoyar la innovación responsable y garantizar un tratamiento consistente de las actividades bancarias, independientemente de la tecnología subyacente.
Mientras que algunos reguladores siguen siendo cautelosos respecto a las instituciones financieras que ingresan al espacio de activos digitales, los partidarios argumentan que directrices claras como las emitidas por la OCC permiten a los bancos innovar de manera responsable y satisfacer la creciente demanda de servicios criptográficos por parte de los clientes.
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